Viabilidad de la propuesta de Policía Municipal. Un análisis jurídico, técnico – operativo
Mag. Víctor Hugo Tuesta Castro
Coronel PNP (R) – Abogado
ORCID 0009-0002-1719-6444
RESUMEN
La seguridad pública constituye una necesidad fundamental e irrenunciable para garantizar la convivencia pacífica y el desarrollo de las naciones modernas, que exige el desenvolvimiento de un cuerpo especializado y técnico, que en nuestro país, corresponde a la Policía Nacional del Perú (PNP), desplegada a nivel nacional, con unidad de comando que le otorga ventaja estratégica al carecer de fronteras internas; con capacidad y competencia en la prevención del delito y participación en la persecución penal, a través de personal facultado a ejecutar detenciones en flagrancia e investigaciones preliminares.
El diseño tradicional preventivo del delito convive con la responsabilidad de los gobiernos locales a través de un cuerpo de serenos municipales limitados a labores disuasivas y comunitarias, pero carentes de facultades coercitivas, sobre cuya plataforma se pretende crear una Policía o Guardia Municipal, que está generando un intenso debate, encontrando como referente crítico a México, donde cientos de cuerpos policiales independientes por ámbito territorial provoca dificultades de articulación operativa, marcadas asimetrías presupuestales y otros problemas derivados, representando un espejo de los riesgos en nuestra realidad.
PALABRAS CLAVE: Policía Municipal, Guardia Municipal, seguridad ciudadana.
INTRODUCCIÓN
Los seres humanos por su propia naturaleza social tienen la necesidad de interrelacionarse con sus congéneres mediante un comportamiento convencional y estandarizado por el mismo grupo humano, de tal manera que su actuación no queda al libre albedrío, sino, se sujeta a la regulación que cortapisa su autonomía de voluntad a través de las normas de orden público, las cuales son emanadas por el pueblo organizado constituido en poder y que el Estado representa.
Por mandato del artículo 44 de la Constitución Política, corresponde al Estado la responsabilidad de velar por la seguridad y el bienestar de la población. La tutela de los bienes jurídicos de la sociedad es transferida a las diferentes entidades creadas con finalidades específicas en el marco constitucional, como es el caso de la Policía Nacional del Perú a través del artículo 166 de la acotada, a quien le asignó la finalidad fundamental de garantizar, mantener y restablecer el orden interno.
La Policía Nacional del Perú en la priorización del ejercicio funcional orientado a luchar contra el terrorismo en la década de los 80 y 90, propició el descuido del combate de la delincuencia común y el crimen organizado, así como la protección selectiva de los ciudadanos, trayendo consigo el surgimiento de un cuerpo alternativo de carácter preventivo – disuasivo para el auxilio inmediato de los contribuyentes de la comuna denominado Serenazgo, creado en octubre de 1991 por la Municipalidad Distrital de San Isidro y luego, en el año 1996 por la Municipalidad Metropolitana de Lima.
Esta evolución tutelar tuvo como amparo constitucional el artículo 197 de la Constitución Política del Perú, que literalmente expresa “Las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local. Asimismo brindan servicios de seguridad ciudadana, con la cooperación de la Policía Nacional del Perú, conforme a ley”; que se desarrolla en la Ley Nº 31297 Ley del Servicio de Serenazgo Municipal, de 21 de julio de 2021, normas modificatorias y reglamentarias.
En este contexto, el alcalde en ejercicio de Lima Metropolitana, Renzo Reggiardo postula a la creación de una “Policía Municipal (o Guardia Municipal) para combatir la inseguridad ciudadana, justificando la necesidad de complementar la labor de la Policía Nacional del Perú y recibir el apoyo del nuevo gobierno. El burgomaestre señala, que la “Guardia Municipal es constitucional, viable y factible” explicando que no demandaría una reforma constitucional, “sino la aprobación de un marco legal que permita su funcionamiento” (Portal facebook Municipalidad de Lima, 2026).
En sentido adverso, el alcalde de Magdalena y aspirante a la comuna capitalina, Francis Allison, reiteró su desacuerdo con la creación de una Policía municipal, fundamentando, “que este modelo puede funcionar en países europeos como España, pero en México, que es más parecido a Perú y donde existe este sistema, la experiencia ha sido una tragedia”. Sanciona finalmente “Ya quisieran los mexicanos que tienen policía municipal tener la seguridad ciudadana del Perú. Esa es la verdad”. (Portal INFOBAE, 2026).
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